Por Adriana Ruffa
aruffa@pescaypuertos.com.ar
A. R. - ¿De qué manera cumple su misión la Policía Pesquera?
L. A. H. - En el ejercicio de esta función la Prefectura efectúa tareas de vigilancia de superficie y aérea para la prevención y represión de conductas violatorias a las normas legales que rigen la actividad pesquera, en especial en la Zona Económica Exclusiva entre las 12 y 200 millas náuticas, en cumplimiento de la Ley 24.922, en el contexto de los convenios de cooperación celebrados con organismos nacionales y provinciales. El ejercicio de ese Poder de Policía implica el patrullaje preventivo y represivo de las áreas seleccionadas, con medidas concebidas para emplear la mínima violencia, la máxima eficacia y el menor costo, con personal capacitado y entrenado para ejecutar procedimientos policiales ajustados a derecho, que facilite la acción de la justicia y a la vez garantice a los propios delincuentes o infractores su legitimo derecho a defenderse. Para tener una mejor comprensión del esfuerzo que se realiza para lograr el cumplimiento de las normas relacionadas con la actividad en ese ámbito, de la seguridad de la navegación y de la prevención del medio marino, es importante conocer la actividad desplegada en el control de los 1.022 buques con permisos vigentes autorizados a operar, de los 112 uruguayos que pescan con permiso de su país en la Zona Común de Pesca y 27 de distintas banderas autorizados por el Artículo 36 de la Ley Federal de Pesca. A esto se debe sumar el control que se ejerce sobre las flotas extranjeras, mayormente orientales y asiáticas, que operan próximas al límite de la Z.E.E.A.
A. R. - ¿Cómo está funcionando el seguimiento, control y vigilancia de las actividades pesqueras?
L. A. H. - La Prefectura Naval Argentina a través de su Departamento Policía Auxiliar Pesquera a partir de la publicación en el Boletín Oficial de la Disposición Nº 02/03 de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, que establece los requisitos a cumplir por armadores y empresas servidoras para el posicionamiento satelital de la flota pesquera nacional, adoptó un papel protagónico en cuanto al control y seguimiento de la misma. El total de la flota pesquera nacional, a la fecha, se halla operando con cinco empresas prestatarias del servicio de comunicaciones satelitales, siendo ellas AEMARINE, ING, NAVAL STAR, GLOBAL STAR Y SITRACK. Al respecto la PNA, desarrolló un software específico, que requirió de estas empresas, que además de brindar el posicionamiento de sus buques a través de sus sitios de Internet, envíen cada hora un archivo de dicho posicionamiento en formato de texto el cual es procesado a los efectos de obtener información vital, como ser hora del último reporte, incursión en áreas vedadas a una velocidad menor que la permitida o navegación a velocidad menor que la permitida en zonas sin contar con el permiso necesario. La información recabada por la Prefectura Naval Argentina es diariamente distribuida al INIDEP, a la Subsecretaría de Pesca y Actividades Portuarias de la Provincia de Santa Cruz, a la Dirección General de Intereses Marítimos y Pesca Continental del Chubut, a la Dirección de Pesca de la Provincia de Río Negro y a la Dirección de Pesca y Acuicultura de la Provincia de Tierra del Fuego e Islas del Atlántico Sur. Como consecuencia de los resultados de la puesta en vigencia del Sistema, se han instruido en el año 2003 la cantidad de 64 sumarios administrativos, de un total de 145 actuaciones por infracción a la Ley 24.922 y en lo que va del corriente año, se han instruido 136 sumarios en general, de los cuales 127 fueron detectados por el sistema satelital controlado por la Prefectura.
A. R. - ¿Considera usted que deberían incluirse dentro de las atribuciones de la PNA el control de las descargas en puerto?
L. A. H. - La Prefectura Naval Argentina debería realizar las inspecciones de descarga en puerto, pero para ello dicha función deberá ser delegada por la autoridad de aplicación ya que no es una atribución propia de la PNA.
A. R. - En la zona adyacente o milla 2001 ¿Cuál es la situación?
L. A. H. - En la parte meridional de la zona determinada entre el 41°50’ S y el 48°00’ S, la plataforma y el talud patagónico tienen una superficie total aproximada de 12.323 millas cuadradas, extendiéndose mas allá del límite de las 200 millas. En esta área, así como a lo largo de todo el límite de las 200 millas, en el área oceánica y en regiones adyacentes tales como la cuenca Argentina, se encuentran poblaciones demersales y mesopelágicas que pueden constituir recursos pesqueros importantes. En dichas áreas diversas especies entre las que se pueden mencionar la merluza, abadejo, calamar y merluza de cola, son capturadas por terceros países afectando los intereses de Argentina por resultar especies transzonales. Este accionar en el área de la milla 201, también actúa como base para actividades furtivas dentro de la Zona Económica Exclusiva. El conocimiento de la abundancia y de las capturas reales en estas áreas resulta necesario para un mejor manejo pesquero y participación de empresas nacionales en la región. Las unidades de la PNA, que operan desde distintos puertos y aeropuertos, permiten cubrir eficazmente estos espacios marítimos sin restricciones, asegurando una presencia constante para desalentar la incursión de buques furtivos en la Zona Económica Exclusiva. Las flotas que operan próximas al límite de las 200 millas, principalmente orientales y asiáticas, no ejercen mayor presión sobre el recurso pesquero argentino.
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